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Código Penal Artículo 356 quater Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Ciudad de México
Artículo 356 quater.

Lo dispuesto en el artículo anterior se puede manifestar mediante cualquier modalidad de violencia expresada en los ámbitos político, público y privado, en los siguientes rubros:

a) En las instituciones y organizaciones públicas, políticas y electorales; aspiraciones y candidaturas en cualquier etapa del proceso electoral o de la participación ciudadana; el servicio público; los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, todos los niveles de gobierno; así como las representaciones, liderazgos o participaciones en los contextos comunitarios, indígenas, rurales o urbanos.

b) En la ciudadanía; simpatizantes, militantes, quien ejerza una función pública, de partidos o electorales; aspirantes a cargos políticos o públicos; precandidaturas, candidaturas, así como las candidaturas electas, de partidos políticos o independientes; servidoras y servidores públicos designados y en funciones; representantes, líderes o participantes activos comunitarios e indígenas, rurales o urbanas.



Ciudad de México Artículo 356 quater Código Penal
Artículo 1 ...356 bis 356 ter 356 quater 357 358 ...365

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